La Diputada Virginia Linares impulsó la Ley contra Femicidio

Escrito por Lic. Emiliano Arriaga Zugasti el . Publicado en Política

La legisladora bahiense sostuvo que "en el año 2009 nuestro país dio un paso significativo para combatir la violencia contra las mujeres: el Congreso Nacional aprobó la Ley 26.485 de “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”. No obstante este avance importantísimo en materia legislativa, consideramos y sostenemos que en relación con el combate contra la violencia de género, es crucial avanzar en una verdadera y efectiva implementación de las leyes vigentes, así como en la aprobación de los presupuestos acordes con las necesidades y problemáticas de las mujeres".

En FM de la Ciudad Virginia Linares remarcó que "hoy nos encontramos discutiendo la modificación al artículo 80 del Código Penal para establecer la figura de femicidio. Desde el GEN entendemos que esta modificación es un avance importante, pero consideramos que es mejor una figura autónoma, ya que el delito como figura autónoma mejoraría su interpretación, tipificarlo es una forma de visibilizarlo. No obstante ello, acompañamos el dictamen de las comisiones de Familia y Penal pero con una disidencia parcial, ya que creemos que es fundamental avanzar en la discusión del femicidio intentando lograr consensos entre los distintos bloques políticos. Sin perjuicio de ello, y teniendo en cuenta que este proyecto surge del consenso de todos los bloques parlamentarios, consideramos que la ampliación de los sujetos activos comprendidos en el inciso primero del artículo 80 es un paso adelante, y viene a actualizar una norma que se tornó incompleta por los cambios sociales que se manifiestan en los distintos tipos de relaciones de pareja y afectivas". Debemos empezar a hablar del femicidio, -el asesinatos de mujeres por razones de genero- y entender que es el último eslabón de la cadena de violencia y además evitable. Generalmente la pareja, compañero, novio, o ex es denunciado previamente por la victima. Antes de esa muerte hubo avisos, hubo violencias verbales, simbólicas, económicas y físicas. Sin embargo, por diversas causas que deben ser revisadas y modificadas, hay una desatención de estas formas preliminares de violencia y una minimización cuando se hacen las denuncias, muchas veces no se protege en forma adecuada la vida de quien está siendo amenazada y al final, se produce el femicidio.

La cantidad de mujeres muertas a manos de sus parejas o ex, corresponde a una realidad insoslayable. En el año 2008 las victimas de femicidio fueron 208, en el 2009 231, en el 2010 260 y en el año 2011 la cifra trepo a 282, estos son solo los casos publicados en 120 medios de comunicación, y relevados por el Observatorio de Femicidios en Argentina Adriana Marisel Zambrano, de la Casa del Encuentro.

El femicidio es el último eslabón de la cadena de violencia. En casi todos estos casos de violencia física hay una violencia previa que generalmente es advertida por los familiares de las victimas.

La incorporación del femicidio en el Código Penal es importante, pero es un elemento más de un conjunto de medidas para enfrentar la violencia de género. Es fundamental y prioritario elaborar, reforzar y hacer cumplir las políticas públicas de atención y asistencia a las victimas de violencia, garantizar las medidas de protección y servicios de asesoramiento, garantizar el acceso a la justicia y destinar los recursos económicos necesarios para ello. Si existe voluntad política esto es posible, porque la violencia de género es un proceso largo que por lo tanto podría prevenirse. Debemos recordar que tenemos una Ley de violencia contra las mujeres pero muchas cosas quedan aun pendientes. Hay que ser claros: una ley o una política pública sin presupuesto adecuado queda en letra muerta, y reiteramos, la falta de presupuesto asignado para la implementación de la Ley deja en evidencia cómo desde distintos ámbitos estatales niegan y ocultan una realidad que debemos empezar a erradicar ya.

Resulta fundamental y urgente en tal sentido poner en funcionamiento por ejemplo el Observatorio de la Violencia, ya que su misión principal es el desarrollo de un sistema de información permanente que brinde insumos para el diseño, implementación y gestión de políticas públicas tendientes a la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres.

Es fundamental la capacitación y sensibilización de los operadores del sistema (jueces, fiscales, defensores), particularmente sobre la necesidad de no aceptar la impunidad de estas conductas, muchas veces se ven influenciados por estereotipos y prejuicios de género dentro de un orden patriarcal que impide al Poder Judicial dar cuenta de nuestros derechos y realizan intervenciones que con frecuencia terminan favoreciendo a los agresores y contribuyen a una situación de impunidad. Muchos jueces y juezas suelen tener diferentes interpretaciones sobre los homicidios agravados por el vínculo y particularmente, cuando el homicidio es a una mujer es atenuado por “los celos” y pasa a ser un “crimen pasional” cuya causa es la relación desigual de poder, y cuando un crimen se define como pasional sin dudas, se lo esta legitimando. Es por esto también que entendemos que el delito como figura autónoma mejoraría su interpretación.

Resulta necesario destacar que la visibilización de los femicidios es debido a la incesante actividad y movilización de las organizaciones de mujeres a lo largo de todo el país. No estaríamos discutiendo la modificación del Código Penal ni hablando de FEMICIDIOS si no existieran organizaciones de mujeres en permanente movilización en  las calles y denunciando estos crímenes terribles. Las únicas estadísticas con las que contamos, y a las que hacíamos referencia anteriormente, provienen del trabajo realizado por una organización de la Sociedad Civil, que no quiero dejar de mencionar que es la Asociación La Casa del Encuentro.

En relación a las modificaciones que este proyecto propone, entendemos que también es un avance la modificación del inciso cuarto, referido a los delitos de odio, que de ahora en más servirá para castigar con una pena más severa a quienes cometan homicidios fundados en el odio de género, odio a la identidad de género o a la orientación sexual o sus respectivas expresiones. Vivimos un momento de crispación social, en donde la violencia no sólo contra las mujeres, sino contra quienes aparecen como más débiles se ha convertido en moneda corriente. En tal sentido, creemos que esta medida, además de aggiornar el código penal es un paso más para la protección de la igualdad ante los derechos consagrados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de los que la República Argentina es parte.

Para concluir, quiero mencionar que es un paso adelante que esta Cámara de Diputados tenga en su agenda la problemática de las mujeres, pero reitero e insisto, que es indispensable implementar políticas públicas para prevenir y asistir la violencia de género y podamos así evitar los femicidios.

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